Resumen | |
[J] | La Directiva sobre derechos de autor se opone a que la compensación equitativa destinada a los autores por la copia privada de sus obras esté sometida a un sistema de financiación presupuestaria como el establecido en España. |
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Una Directiva de la Unión ha instaurado desde 2001 un marco jurídico armonizado de los derechos de autor y los derechos afines a los derechos de autor basado en un elevado nivel de protección de los titulares de los derechos. A tal fin, los Estados miembros establecerán, entre otros, el derecho exclusivo de los autores a autorizar o prohibir la reproducción de sus obras. No obstante, los Estados pueden introducir excepciones a este derecho exclusivo de reproducción, en particular, en el caso de las reproducciones efectuadas por personas físicas para uso privado y sin fines comerciales («excepción de copia privada»). En este caso, los titulares de los derechos deben recibir una compensación equitativa. | |
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